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Pillado en la A-381 tras circular en zig-zag y quintuplicando la tasa de alcohol

Cádiz DirectoCádiz Directo19 octubre, 2022
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Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cádiz han interceptado en la carretera A-381, término municipal de Alcalá de los Gazules, al conductor de un turismo que quintuplicaba la tasa de alcohol permitida, gracias a los avisos de varios ciudadanos al número de emergencias 112 alertando de la circulación temeraria del vehículo que lo hacía en zigzag, lo que acrecentaba el potencial peligro de la conducta.

La actuación se produjo este pasado martes, cuando la Guardia Civil, a través de varias llamadas por parte de usuarios de la vía al servicio de emergencias 112, ha tenido conocimiento de que un vehículo circulaba haciendo zigzag a la altura del kilómetro 66 de la Autovía A-381, en sentido Jerez de la Frontera.

De forma inmediata se ha alertado a las patrullas del Destacamento de Tráfico de Algeciras, que montaron un dispositivo para localizarlo, consiguiendo interceptarlo en el kilómetro 42 de la A-381. Tras la detención del vehículo se ha procedido a su inspección, apreciando los agentes intervinientes síntomas «evidentes» de que el conductor se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

Tras realizarle las correspondientes pruebas de detección, el conductor ha arrojado un resultado positivo de 1,28 y 1,20 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, cuando la tasa máxima permitida es de 0,25 miligramos., siendo cinco veces más de la permitida.

El conductor es investigado como autor de un supuesto delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo a motor superando las tasas de alcohol en aire espirado legalmente establecidas, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal respectivamente.

Por estos hechos ha sido puesto a disposición judicial ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de los de Guardia de Chiclana de la Frontera, enfrentándose a penas de prisión de tres a seis meses, o a multas de seis a doce meses, o trabajos en beneficio a la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años, además de la sanción por infracción al Reglamento General de Circulación por conducción de forma temeraria.

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