Puerto Real prohíbe el uso de agua potable para piscinas, jardines, limpieza de calles o lavado de vehículos

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La alcaldesa de Puerto Real, Aurora Salvador, ha emitido un bando urgente en respuesta a la situación excepcional de sequía que afecta a la Demarcación Hidrográfica del Guadalete-Barbate, la cual incluye el municipio de Puerto Real. Desde finales de octubre, la Junta de Andalucía ha declarado oficialmente esta situación excepcional, destacando la adversidad climatológica que enfrenta la región y la preocupación por las reservas hídricas para el próximo año hidrológico.

Ante esta tesitura, el Ayuntamiento de Puerto Real, siguiendo las instrucciones del Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana, ha elaborado un plan de gestión de riesgo por sequía. El bando de la alcaldesa detalla una serie de medidas destinadas a reducir el consumo de agua y garantizar el suministro durante esta situación crítica.

Las medidas incluyen la prohibición del uso de agua potable para el llenado de piscinas, riego de jardines, limpieza de calles, lavado de vehículos, entre otros. Asimismo, se prohíbe el uso de bocas de riego y la conexión de redes de agua de abastecimiento público con pozos sin autorización. Además, se establece un objetivo ambicioso de reducción del 20% en el consumo urbano, tomando como referencia una dotación de 100 litros por habitante y día.

Aurora Salvador hace un llamamiento a la solidaridad y responsabilidad de la población, así como de organismos, empresas, colectivos y asociaciones, instándolos a un uso solidario de este recurso esencial. Salvador destaca: "Juntos hagamos un uso solidario de este bien escaso y necesario, con el objeto de poder garantizar el suministro y alcanzar el objetivo de ahorro del 20%, para superar el año hidrológico y prolongar las reservas actuales".

El resumen de las medidas que se incluyen en el bando son:

Prohibición de uso de agua potable

  •  Para llenado de piscinas, estanques o fuentes que no tengan sistemas de recuperación o circuito cerrado. Totalmente prohibido piscinas hinchables o desmontables.
  • Para regar jardines o zonas verdes, ni públicas ni privadas.
  • Para limpieza y baldeo de calles, aceras de carácter público o privado. Se permite limpieza de ventanas con cubo, esponja, o sistemas a presión.
  • En fuentes para consumo que no dispongan cierre automático.
  • Para lavar con manguera los vehículos, solo se permite en instalaciones expresamente dedicadas a este fin.
  • En instalaciones de refrigeración y acondicionamiento que no tengan recuperación o circuito cerrado.

Cuando se use agua no potable en algunos de las situaciones descritas, deberá señalizarse.

Objetivo: reducción del 20% del consumo urbano

Se toma como referencia una dotación de 100 litros por habitante y día. A efectos
de incumplimiento y aplicación de recargos o sanciones, la superación de este límite se considerará “consumo excesivo”.

Prohibición de uso de bocas de riego y red de distribución general de agua sin autorización, salvo casos de incendio.

Prohibición de enlazar redes de agua de abastecimiento público con las procedentes de pozo. En caso de infracción, podrá cortarse el suministro por razones sanitarias.