Incendio forestal.

El incendio de Los Gallardos destapa una duda que afecta a miles de propietarios: la OCU aclara lo que no cubre el Consorcio

El incendio de Los Gallardos reabre el debate sobre los seguros: qué daños cubren y cuáles quedan fuera

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El incendio forestal de Los Gallardos, en Almería, ha vuelto a poner el foco sobre una cuestión que suele generar confusión entre los afectados por grandes emergencias: quién responde económicamente por los daños materiales.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que, pese a la magnitud de este tipo de catástrofes, el Consorcio de Compensación de Seguros no indemniza los daños provocados por incendios forestales, ya que estos no están catalogados como riesgos extraordinarios dentro del sistema vigente en España.

La organización sostiene que la cobertura dependerá exclusivamente del seguro privado que cada afectado tuviera contratado antes del siniestro.

Por ello, además de ofrecer recomendaciones para tramitar las reclamaciones, ha reclamado a las administraciones la puesta en marcha de ayudas específicas para quienes hayan perdido bienes y carezcan de protección suficiente.

Incendios forestales: la cobertura depende del seguro contratado

Uno de los mensajes principales difundidos por la OCU es que no todas las pólizas ofrecen la misma protección frente a un incendio forestal.

En el caso de las viviendas, las coberturas frente a incendios suelen estar incluidas en la mayoría de los seguros de hogar, aunque las indemnizaciones dependerán de las condiciones particulares de cada contrato.

La situación cambia en el caso de los vehículos. Un seguro básico a terceros normalmente no cubre los daños ocasionados por un incendio de estas características. Para contar con protección suele ser necesario disponer de una póliza a todo riesgo o de determinadas modalidades de terceros ampliado que incluyan expresamente este riesgo.

La organización recomienda revisar las coberturas contratadas antes de iniciar cualquier reclamación, ya que la cuantía de la indemnización vendrá determinada por lo recogido en la póliza y por la valoración de los daños realizada por la aseguradora.

Qué pasos deben seguir los afectados tras el incendio

Además de aclarar el funcionamiento de las coberturas, la OCU recuerda que existen plazos legales para comunicar los daños. La normativa establece que el siniestro debe notificarse a la compañía aseguradora dentro de los siete días siguientes desde que se tiene conocimiento del mismo, salvo que el contrato contemple un periodo diferente.

Una vez recibida la comunicación, la aseguradora dispone de un máximo de 40 días para realizar la valoración inicial y abonar, en su caso, el importe mínimo que pueda deber.

La indemnización definitiva debe satisfacerse dentro del plazo máximo de tres meses desde la producción del siniestro, siempre que proceda conforme a la póliza.

La organización aconseja documentar exhaustivamente los daños mediante fotografías, vídeos y cualquier otra prueba disponible.

También considera recomendable conservar copias digitales de documentos importantes, como escrituras, facturas o contratos, almacenadas en un lugar distinto al inmueble afectado para facilitar futuras reclamaciones.

Si el asegurado no está conforme con la valoración económica realizada por la compañía, deberá seguir el procedimiento previsto en la Ley de Contrato de Seguro.

En los casos relacionados con la interpretación de la póliza, la reclamación debe dirigirse primero al servicio de atención al cliente de la entidad y, si no obtiene respuesta satisfactoria en el plazo establecido, puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o recurrir finalmente a la vía judicial.

La OCU pide ayudas para quienes no tengan cobertura suficiente

Más allá de las reclamaciones aseguradoras, la organización considera que muchas personas afectadas pueden quedar desprotegidas si no disponían de un seguro adecuado o si determinados daños no estaban incluidos en su póliza.

Por ese motivo ha solicitado a las administraciones públicas la aprobación de ayudas extraordinarias destinadas a compensar, al menos parcialmente, las pérdidas económicas sufridas por quienes no puedan acceder a una indemnización privada.

Entre sus propuestas figura también la creación de una ventanilla única que permita centralizar la gestión de las ayudas procedentes de las distintas administraciones, con el objetivo de simplificar los trámites y reducir los tiempos de espera para los damnificados.

La organización advierte además de que, en experiencias anteriores, algunas reclamaciones por incendios han estado marcadas por retrasos o discrepancias con las compañías aseguradoras.

En esos casos, anima a los consumidores a ejercer los mecanismos de reclamación previstos por la legislación cuando consideren que existe un incumplimiento de las obligaciones contractuales.

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