
Si tienes empleada en casa, cuidado: el Gobierno avisa de sanciones de hasta 7.500 €
Las infracciones más comunes que vigila la Inspección de Trabajo en los hogares

Contar con una persona empleada de hogar implica obligaciones legales que no pueden ignorarse. El Estado ha hecho claro que el incumplimiento de normas como el contrato formal, las cotizaciones sociales y el salario mínimo puede resultar en multas de hasta 7.500 euros.
Tener a alguien trabajando en tu vivienda no exime de cumplir la ley, pues la relación laboral doméstica está regulada y vigilada activamente por la Inspección de Trabajo.
Marco legal que regula el empleo doméstico y la Seguridad Social
La normativa más relevante para este tipo de empleo es el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
En ese texto se busca equiparar muchas de las garantías laborales y de protección social a las del resto de trabajadores por cuenta ajena.
Además, existe el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del hogar familiar, reforzando obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Obligaciones fundamentales que no se deben pasar por alto
Estas son algunas de las reglas con las que todo empleador doméstico debe cumplir:
- Formalizar por escrito un contrato laboral que recoja horarios, tareas, salario, vacaciones.
- Abonar al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
- Dar de alta en la Seguridad Social desde el primer día y cotizar correctamente con las bases aplicables al empleo doméstico.
- Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales, cuando correspondan, para proteger la salud y la integridad de la persona trabajadora.
Principales infracciones que más se detectan
La Inspección de Trabajo suele sancionar en estos casos:
- Trabajar sin contrato formal, lo que dificulta el acceso de la persona trabajadora a derechos mínimos.
- Pago inferior al SMI, incluso si la jornada es parcial o se paga por horas.
- No cotizar o hacerlo con bases inferiores a las que corresponden legalmente.
- No cumplir con descansos, vacaciones, formación o protección frente a riesgos laborales.
La cuantía de la sanción depende de la gravedad, del número de trabajadores implicados, si hay reincidencia, o si la infracción afecta derechos fundamentales.
En los casos más serios, la multa puede alcanzar hasta 7.500 euros. Pero además de la sanción, puedes tener que pagar atrasos salariales, cotizaciones no ingresadas y recargos económicos por el retraso. La suma total puede ser significativamente mayor que la multa en sí.
Qué dice la Seguridad Social al respecto
La Guía práctica del empleo en el hogar de la Seguridad Social detalla los deberes de empleadores y empleadas. En particular:
- Explica cómo calcular las cotizaciones, cuáles son las bases que se deben aplicar según la retribución y la jornada.
- Señala que el salario pactado debe ser al menos igual al SMI, tanto si se paga por horas como si es mensual.
- Obliga al empleador a mantener al trabajador dado de alta, y a abonar las cuotas correspondientes sin demora.
Cómo asegurarte de que estás cumpliendo
Para evitar sanciones, estos son los pasos que conviene seguir:
- Redacta un contrato escrito por ambas partes.
- Verifica cada año cuál es el SMI vigente y ajusta el salario si ha cambiado.
- Inscribe a la persona trabajadora en la Seguridad Social e ingresa las cotizaciones correspondientes de forma puntual.
- Asegúrate de cumplir los derechos básicos: vacaciones, descansos y protección ante riesgos laborales.
- Guarda toda la documentación: contratos firmados, recibos de pago, justificantes de altas y cotizaciones.