Persona mirando con lupa un documento de herencia.
Revisión de documentos de herencia.

El error al aceptar una herencia que puede hacerte perder tus propios ahorros, según la OCU

La OCU alerta: una herencia puede convertirse en una deuda si no se revisan antes las cargas

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La organización de consumidores y varios expertos recuerdan que aceptar sin comprobar préstamos, hipotecas o reclamaciones pendientes puede comprometer el patrimonio del heredero.

OCU, la abogada María López-Escobar y el notario Jaime Calvo Francia coinciden en una advertencia que cada año afecta a numerosas familias: una herencia no siempre supone una mejora económica. Junto a una vivienda, una cuenta corriente o unas joyas pueden aparecer hipotecas, avales, préstamos privados o reclamaciones desconocidas.

Tomar una decisión precipitada puede implicar asumir obligaciones que terminen afectando al patrimonio personal del heredero.

Revisar antes de aceptar, advierte la OCU

La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda que existen tres alternativas legales: aceptar la herencia de forma pura y simple, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella. La elección es definitiva y no puede revertirse una vez formalizada.

Por ese motivo, los especialistas recomiendan averiguar primero cuál era la situación patrimonial del fallecido. Conocer qué bienes integran la herencia y qué deudas siguen pendientes permite valorar si la transmisión resulta beneficiosa o si encierra riesgos económicos relevantes.

La OCU advierte de que una persona puede acabar "más pobre de lo que era antes de heredar" cuando acepta sin disponer de toda la información. La revisión previa de escrituras, préstamos, avales o posibles procedimientos abiertos reduce la posibilidad de encontrarse después con obligaciones inesperadas.

Los expertos insisten en que el análisis no debe limitarse a los bienes más visibles. También conviene comprobar si existen créditos pendientes, embargos, obligaciones derivadas de avales o litigios que puedan afectar al caudal hereditario. Una decisión tomada sin esa información puede tener consecuencias económicas prolongadas.

El beneficio de inventario como protección

Cuando existen dudas sobre la existencia de deudas, el beneficio de inventario actúa como una salvaguarda. López-Escobar explica que el heredero solo responde hasta donde alcancen los bienes heredados, sin comprometer su patrimonio particular.

En la práctica, esa fórmula impide que acreedores del fallecido puedan dirigirse contra la vivienda habitual, los ahorros o los ingresos del heredero si el valor de la herencia resulta insuficiente para cubrir las obligaciones pendientes.

Despachos especializados recuerdan además que este procedimiento ofrece una fotografía precisa de los activos y pasivos antes de asumir responsabilidades.

El objetivo es determinar qué se recibe realmente y evitar que la aceptación implique un perjuicio económico superior al beneficio esperado.

La protección del inventario adquiere especial importancia cuando existen hipotecas todavía vigentes o préstamos cuya existencia desconocían los familiares.

Separar ambos patrimonios evita que la deuda heredada termine comprometiendo recursos propios.

Renunciar también puede ser una opción

La renuncia a la herencia está prevista por la ley y suele plantearse cuando las deudas superan claramente a los bienes o concurren razones familiares o fiscales. En una renuncia pura y simple, quien renuncia evita asumir la condición de heredero y no debe abonar el Impuesto de Sucesiones por esos bienes.

Sin embargo, los expertos advierten de que no todas las renuncias tienen las mismas consecuencias. Si la renuncia favorece a una persona concreta, puede interpretarse como una aceptación seguida de una cesión de derechos hereditarios, con posibles efectos tributarios adicionales.

También existen actos que pueden entenderse como aceptación tácita. Cobrar alquileres de inmuebles heredados, utilizar fondos de cuentas del fallecido o actuar como propietario antes de formalizar la decisión puede limitar opciones de protección posteriores.

La OCU recuerda además que, en determinados supuestos, el plazo para solicitar el beneficio de inventario es de 30 días naturales desde que el llamado a heredar dispone de bienes de la herencia o reside en un inmueble integrado en ella.

Dejar transcurrir ese tiempo puede provocar que la aceptación se considere pura y simple, con la consiguiente responsabilidad sobre las deudas. Revisar la documentación, identificar cargas pendientes y consultar antes de firmar son pasos que pueden evitar que una herencia termine convirtiéndose en un problema económico para quien la recibe.